El lote de más de 33.000 metros cuadrados.
El lote de más de 33.000 metros cuadrados.
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Cortesía a Zona Cero

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Procuraduría inicia actuación preventiva y requiere informe al Alcalde por lotes 'cedidos' en Puerto  

El informe debe ser preciso y soportado documentalmente, atendiendo varios requerimientos.

Zona Cero conoció en primicia que la Procuraduría General de la Nación inició un actuación preventiva en el municipio de Puerto Colombia, por la "cesión gratuita" de dos lotes, uno de 5.082 metros cuadrados y otro de 33.637 metros cuadrados, en 2017, durante la Alcaldía de Steimer Mantilla Rolong.

Esos predios fueron donados por Cementos Argos al municipio, en 2009, para uso exclusivo de zonas verdes. Sin embargo, terminaron en manos de Francisco Javier Pizarro Guerra (el de 5.082 metros cuadrados) y Alfredo Manuel Montoya Hoyos (el de 33.637 metros cuadrados).

"En ejercicio de las funciones constitucionales y legales asignadas al Ministerio Público, particularmente las previstas en los artículos 118 y 277 de la Constitución Política, y de conformidad con las competencias de instrucción y vigilancia que corresponden a esta Procuraduría en el marco de la Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), modificada por la Ley 2094 de 2021, este Despacho adelanta actuación preliminar con ocasión del traslado efectuado por la Defensoría del Pueblo - Regional Atlántico de la manifestación presentada por el ciudadano Steimer Alí Mantilla Rolong, exalcalde de dicho municipio", expresó el Ministerio Público en un documento enviado al Alcalde Plinio Cedeño, el pasado 27 de agosto de 2026.

La actuación de la Procuraduría se centra en controversias jurídicas, actuaciones registrales, procedimientos administrativos y cuestionamientos públicos sobre la autenticidad y procedencia de documentos respecto de determinados predios ubicados en jurisdicción del municipio de Puerto Colombia, vinculados presuntamente con las Resoluciones Nos. 044 y 049 de 2017.

En consecuencia, la órgano de control requirió al Alcalde Plinio Cedeño Alcalde, para que, dentro del término de cinco días hábiles siguientes al recibo del presente oficio, remita a al despacho un informe completo, preciso y soportado documentalmente, atendiendo los siguientes requerimientos:  

1. Remitir copia íntegra y legible de las Resoluciones Nos. 044 y 049 de 2017, junto con la totalidad de sus antecedentes administrativos.

2. Remitir copia de los estudios, informes, conceptos técnicos y jurídicos, actas, documentos y demás elementos que hubieren servido de fundamento para la expedición de las citadas resoluciones.

3. Indicar la identificación plena de los funcionarios y/o contratistas que intervinieron en la elaboración, proyección, revisión, aprobación, suscripción, notificación, ejecución y demás actuaciones relacionadas con las referidas resoluciones.

4. Para cada funcionario identificado, indicar cargo, dependencia, período de vinculación y funciones que desempeñaba para la época de los hechos.

5. Informar si con posterioridad a la expedición de las Resoluciones Nos. 044 y 049 de 2017 se adelantaron actuaciones administrativas relacionadas con los mismos predios o hechos y, en caso afirmativo, remitir copia de estas.

6. Informar el estado jurídico y administrativo actual de los predios objeto de controversia.

7. Informar si los predios relacionados con las actuaciones objeto de indagación corresponden a bienes de uso público, bienes fiscales o bienes de naturaleza privada, indicando los fundamentos jurídicos y documentales de dicha clasificación.

8. Informar sobre la existencia de actuaciones administrativas adelantadas para la protección, recuperación, defensa o preservación de los bienes eventualmente comprometidos.

9. Informar si existen procesos judiciales, actuaciones registrales, procesos administrativos, acciones constitucionales o investigaciones relacionadas con los predios, las resoluciones o los documentos objeto de la presente actuación, indicando autoridad, número de radicación, fecha, objeto y estado actual.  


El Ministerio Público puntualizó que la información suministrada deberá estar suscrita por el representante legal o por los funcionarios competentes, quienes certificarán la veracidad, integridad y correspondencia de la documentación aportada.

"La respuesta deberá ser clara, precisa, completa y verificable, acompañada de los soportes documentales pertinentes", enfatizó la Procuraduría.

Advirtió que la falta de respuesta oportuna, la remisión incompleta de la información o la entrega de datos que no permitan su verificación podrá ser valorada por el despacho para determinar las consecuencias disciplinarias que resulten procedentes conforme a la ley.  

El caso de los lotes 'cedidos' en Puerto Colombia, denunciado en primicia por Zona Cero, ha desatado un escándalo en el municipio que, incluso, tiene la lupa del Presidente de la República, Abelardo De La Espriella.

Además, ciudadanos y organizaciones le han pedido celeridad a la Fiscalía General de la Nación para que avance en las investigaciones correspondientes. 

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